
Si al leer esta u otras páginas web llega a la acertada conclusión de que, para sus intereses financieros a largo plazo, resulta muy interesante invertir en grandes empresas extranjeras, pronto se topará con un contratiempo bastante irritante. Pero no se preocupe: tiene solución.
Cuando una de esas empresas reparta dividendos, se llevará la desagradable sorpresa de que tanto la Hacienda española como la del país donde tiene sede la empresa habrán metido la mano en su dinero, reteniéndole una parte considerable.
Primer caso, Alemania
Si, por ejemplo, usted posee acciones de Siemens y ha recibido 100 euros en dividendos, la Hacienda alemana le habrá retenido 26,75 euros, y la Hacienda española, unos 19 euros. En total, le habrán descontado aproximadamente 45,75 euros, por lo que en su cuenta bancaria verá un ingreso de tan sólo 54,25 euros. ¡Le habrán retenido casi la mitad!
Pero esto no termina aquí. A partir de ese momento, usted debe ajustar cuentas con Hacienda, con ambas: la española y la alemana. Con la Hacienda española, el ajuste es sencillo, ya que se realiza durante la declaración de la renta (IRPF), que solemos presentar en primavera. En cambio, ajustar cuentas con la Hacienda alemana es un proceso más complejo, pero en esta página le explico paso a paso cómo hacerlo.
En realidad, la cantidad final que usted terminará pagando a hacienda está determinada por la legislación española, para pequeñas cantidades hasta 6000 euros este porcentaje es del 19%, es decir de sus 100 euros usted debe terminar pagando 19 euros. Pero claro, a usted le han retenido 45,75 euros ¿Cómo puede recuperar la diferencia de 26,75 euros?
Para empezar, 15 euros puede desgravárselos en su declaración del IRPF utilizando la casilla para desgravación por doble imposición internacional. En esa casilla usted escribe la cantidad pagada en el extranjero y el programa le calculará la cantidad que usted se puede desgravar de forma automática.
Ahora sólo le queda por recuperar 11,75 euros, que debe reclamar a la hacienda alemana. Hasta hace unos años había que enviar toda la documentación por correo certificado a la oficina central de impuestos de Alemania. Y tras varios meses de espera te enviaban la devolución por transferencia a tu cuenta bancaria. Tardaba mucho, pero al menos funcionaba.
El problema principal es que la documentación que había que enviar era complicada de obtener, y muchos pequeños inversores, para cantidades no demasiado grandes, simplemente pasaban de molestarse en llevar a cabo todo el papeleo.
En España, todos los bancos y brókers guardan las acciones de sus clientes en lo que se denomina una «cuenta ómnibus» (del latín omnibus, «para todos»). Aunque en su cuenta de valores aparezca el detalle de las acciones que usted posee, todas las acciones de todos los clientes se agrupan en una única cuenta en un banco custodio en Alemania. Sólo el banco o bróker español sabe qué acciones pertenecen a qué cliente; el banco alemán, donde realmente están depositadas, no tiene forma de saber quién es el propietario real de cada título.
Para solicitar la devolución parcial de la retención aplicada a los dividendos de empresas alemanas, la Hacienda alemana exige un documento específico llamado «Tax Voucher», emitido por el banco alemán donde están depositadas las acciones. El problema es que no sirve el certificado de retenciones que pueda emitir su banco o bróker español: sólo el certificado emitido por el banco custodio alemán tiene validez.
En la práctica, esto implicaba que el banco o bróker español tenía que pedir al depositario alemán un certificado de retención personalizado para cada cliente. Este proceso era lento, burocrático y, en muchos casos, ni siquiera estaba disponible: la mayoría de los bancos españoles no ofrecían la posibilidad de tramitarlo, y ningún bróker español, que yo sepa, lo permite hoy en día.
Además, el trámite podía resultar costoso: algunos bancos cobraban hasta 100 euros por cada «Tax Voucher», y se necesitaba uno por cada empresa alemana que hubiera repartido dividendos, lo que encarecía enormemente la gestión en carteras diversificadas.
Como resultado, muchos pequeños inversores renunciaban directamente a solicitar la devolución, ya que para cantidades reducidas el coste y el papeleo no compensaban, y perdían así de forma definitiva el 11,75 % de todo su dividendo.
Para ser justo, debo señalar que, en mi caso, Bankinter demostró una profesionalidad excepcional: durante varios años tramitaron mis «Tax Voucher» sin cobrarme nada, lo que me permitió recuperar varios miles de euros que la Hacienda alemana me había retenido en exceso.
En la actualidad, el proceso es algo más sencillo. Desde la pandemia, la Hacienda alemana ha acelerado la digitalización de sus servicios, y ahora un inversor español puede registrarse y gestionar la devolución del exceso de retención directamente a través de la página web de la Oficina Federal de Impuestos (Bundeszentralamt für Steuern).
La Hacienda alemana sigue exigiendo el «Tax Voucher», pero este documento —hasta hace pocos años prácticamente desconocido incluso para bancos y brókers— está empezando a ser solicitado con mayor frecuencia por inversores minoristas. Algunos bancos y brókers han comprendido que ofrecer este servicio puede marcar la diferencia entre ganar un nuevo cliente o perderlo frente a la competencia.
Un buen ejemplo es el bróker alemán Smartbroker+, que permite el registro como residente fiscal en España. Para completar este registro es necesario obtener un certificado de residencia fiscal en España, que se puede descargar fácilmente en formato PDF desde la web de la Agencia Tributaria. Una vez realizado el registro, Smartbroker+ emite automáticamente y sin coste todos los «Tax Voucher» para sus clientes registrados, los cuales pueden descargarse cómodamente desde su página web. Con estos documentos, basta acceder a la web de la Oficina Federal de Impuestos y tramitar allí la devolución del exceso de retención.
Segundo caso: Francia
Lo ideal, en el caso de Alemania que comentamos antes, sería que la Hacienda alemana permitiera a los bancos y brókers alemanes registrar a sus clientes extranjeros como residentes fiscales en otro país con convenio de doble imposición, y que aplicaran directamente sobre ellos una retención reducida del 15 %, tal como establece el convenio de doble imposición entre España y Alemania. De este modo, se evitaría la retención estándar del 26,75 % y los inversores minoristas no tendrían que tramitar ninguna devolución. Además, la propia Hacienda alemana se ahorraría el coste administrativo en tiempo y recursos que supone procesar miles de solicitudes de reembolso. Sin embargo, por razones que desconozco, la Hacienda alemana prefiere mantener el tedioso sistema de devoluciones.
Sin embargo, en el caso de Francia —otro país con empresas muy atractivas para la inversión a largo plazo— este procedimiento sí es posible. A través de Uptevia, una plataforma de BNP Paribas, es posible mantener acciones en formato nominativo (es decir, registradas directamente a nuestro nombre, no en una cuenta ómnibus) de un gran número de empresas francesas de gran interés.
Para cada cuenta que desee abrir (una por cada empresa en la que quiera invertir), debe enviar a Uptevia la siguiente documentación:
- Copia del Documento Nacional de Identidad.
- Certificado de residencia fiscal en España, expedido por la Agencia Tributaria.
- Justificante de domicilio reciente (por ejemplo, una factura de luz o teléfono).
- Formulario de solicitud de apertura de cuenta, debidamente cumplimentado con todos los datos requeridos.
Una vez completado el registro, recibirá una carta con instrucciones para crear su clave personal de acceso, tras lo cual podrá realizar compras y ventas de acciones a través de la plataforma de Uptevia. Cuando reciba un dividendo, sólo se le aplicará una retención del 12,8 %, lo que le permitirá evitar el tedioso proceso de solicitud de devolución del exceso de retención. Cabe destacar que, en el caso de Francia, dicho proceso resulta especialmente difícil, ya que las autoridades imponen todo tipo de trabas burocráticas.
Tercer caso: Reino Unido
Invertir en Reino Unido no puede ser más sencillo: la retención sobre dividendos es del 0 %, independientemente de cuál sea su país de residencia fiscal. Es decir, su banco o bróker le ingresará el dividendo íntegro, sin ninguna deducción en origen.
Eso sí, deberá tener en cuenta los gastos por cambio de divisa. Los dividendos se pagan en libras esterlinas, pero si su cuenta está en euros, su banco o bróker realizará la conversión, aplicando las comisiones que tenga establecidas para este tipo de operaciones.
Si usted dispone de cuentas en distintas divisas —por ejemplo, una en libras, otra en euros y otra en dólares—, el ingreso en libras puede abonarse directamente en su cuenta en libras, sin costes de conversión. Aunque si ese es su caso, probablemente ya sea un inversor sofisticado... y quizás esta página no le esté descubriendo nada nuevo.
Eso sí, invertir en Reino Unido conlleva, además del riesgo habitual de cualquier mercado, el llamado «riesgo divisa». Este puede añadir volatilidad a su inversión: puede beneficiarle si la libra se revaloriza, pero también perjudicarle si pierde valor frente al euro durante el tiempo en que mantenga sus acciones. Es decir el riesgo divisa incrementa la volatilidad de su inversión.
Cuarto caso: Países bajos
Para un inversor español, Países Bajos es el país extranjero más sencillo para invertir. En primer lugar, porque utiliza el euro como divisa, lo que elimina el riesgo divisa. Y en segundo lugar, porque la retención sobre dividendos es del 15 %, exactamente el porcentaje establecido en el convenio de doble imposición entre España y Países Bajos. Esto significa que a usted le retendrán un 15 % en origen y, posteriormente, un 19 % en España. Sin embargo, ese 15 % inicial podrá deducírselo íntegramente en su declaración de la renta, sin el tedio de tener que solicitar devolución alguna.
A pesar de ser un país pequeño comparado con los países que le rodean, países bajos es un país muy rico y con enorme dinamismo empresarial. En su bolsa cotizan numerosas empresas únicas muy interesantes para el inversor, como por ejemplo las que hemos puesto en esta tabla:
Empresa | Sector | Lo que la hace única en Europa |
---|---|---|
ASML | Tecnología (semiconductores) | Líder mundial en maquinaria de litografía para fabricar chips; ninguna otra empresa europea tiene esta relevancia tecnológica. ASML es posiblemente la empresa tecnológica más importante de Europa. |
Prosus | Inversión tecnológica / plataformas | Holding con participación significativa en Tencent (China) y otras plataformas digitales. Exposición global tech desde Europa. Prosus es una de las pocas formas de obtener exposición tecnológica a mercados emergentes desde Europa. |
Ahold Delhaize | Distribución y supermercados | Presencia fuerte en EE. UU. y Europa; rara combinación de gran consumo europeo con fuerte peso internacional. |
Heineken | Alimentación / Bebidas | Segunda cervecera del mundo; gran presencia en mercados emergentes. Marca global. |
Shell | Energía / Petróleo y gas | Aunque su sede legal ahora está en el Reino Unido, sigue cotizando en Ámsterdam y tiene fuerte arraigo holandés. |
Akzo Nobel | Química / Pinturas y recubrimientos | Uno de los líderes mundiales en pinturas (dueño de marcas como Dulux). Exposición industrial y a vivienda. |
DSM-Firmenich | Química / Salud / Fragancias | Fusión de DSM (holandesa) y Firmenich (suiza). Empresa especializada en nutrición, ingredientes y aromas. Muy distinta del resto del sector químico europeo. DSM-Firmenich ofrece una combinación única de ciencia aplicada a nutrición y fragancias. |
RELX | Información y análisis (B2B) | Líder mundial en publicación científica y análisis jurídico. Exposición al sector de información profesional y big data. RELX opera en un sector muy poco representado en el resto de Europa: servicios de datos y análisis profesional. |
En resumen, países Bajos destaca sobre todo por su peso tecnológico (ASML, Prosus), químico especializado (DSM-Firmenich, Akzo) y multinacionales con fuerte proyección global como Heineken o Shell.
Quinto caso: Estados Unidos de América
Estados Unidos ofrece enormes oportunidades para los inversores minoristas que desean participar en el crecimiento de algunas de las mayores y más innovadoras empresas del mundo.
Dado que la inversión se realiza en dólares, conviene tener en cuenta el riesgo divisa, ya que las variaciones del tipo de cambio entre el dólar y el euro pueden afectar a la rentabilidad final de su inversión.
En cuanto a la fiscalidad, para evitar tener que reclamar posteriormente la devolución del exceso de retención en origen, usted puede registrarse como residente fiscal español ante la Hacienda estadounidense mediante el formulario W-8BEN. Este trámite es muy sencillo y la mayoría de bancos y brókers lo gestionan de forma automática o le permiten presentarlo directamente desde su plataforma.
Una vez tramitado el formulario W-8BEN, la retención sobre los dividendos que reciba será del 15 %, tal como establece el convenio de doble imposición entre España y EE. UU. Esa cantidad podrá deducírsela íntegramente en su declaración del IRPF, por lo que no tendrá que realizar ninguna solicitud de devolución adicional.
Sexto caso: Suiza
Suiza aplica una retención en origen del 35 % sobre los dividendos pagados a inversores extranjeros. Sin embargo, gracias al convenio de doble imposición entre España y Suiza, los residentes fiscales en España pueden solicitar la devolución del 20 % retenido en exceso, ya que el convenio establece un límite del 15 % para estos casos.
Al igual que ocurre con Alemania, no existe ningún procedimiento para registrarse ante la Hacienda suiza como residente fiscal extranjero a través de su banco o bróker. Como consecuencia, si usted percibe dividendos de acciones suizas y no desea perder una parte importante por doble retención, la única opción es solicitar la devolución del exceso retenido en origen.
Aunque es posible recuperar las cantidades retenidas en exceso por Suiza, el proceso puede resultar laborioso y complejo, especialmente por la necesidad de obtener documentación específica del bróker y de realizar trámites con la Agencia Tributaria española. Además, algunos brókers pueden cobrar comisiones por emitir los certificados requeridos, lo que reduce la rentabilidad cuando los dividendos no son elevados.
Pienso que a Suiza le conviene mantener esta retención tan alta precisamente para desincentivar la inversión extranjera en sus acciones. Su divisa, considerada un valor refugio, atrae capitales de todo el mundo, lo que incrementa fuertemente la cotización del franco suizo. Esto, a su vez, genera graves problemas de competitividad para los productos fabricados en Suiza, que resultan prohibitivamente caros. Todo el que ha estado en Suiza sabe lo extremadamente costoso que es adquirir allí cualquier bien o servicio. Por este motivo, no parece probable que Suiza simplifique próximamente el procedimiento de devolución del exceso de doble imposición, ya que hacerlo haría aún más atractiva la inversión en compañías suizas como Nestlé (Nescafé, Nespresso, Nestea, KitKat, Häagen-Dazs, Nesquik Cereals, Purina, Perrier y un largo etc,) o Richemont (Cartier, Jaeger-LeCoultre, Panerai, Vacheron Constantin, Piaget, Montblanc, Chloé, Dunhill y un largo etc), entre muchas otras.
En concreto, para solicitar la devolución, usted necesitará:
- Formulario 90: debe completarlo en cuatro ejemplares. Puede obtenerse en las delegaciones de la Agencia Tributaria o descargarlo desde sitios especializados.
- Certificado de residencia fiscal: puede descargarse fácilmente en formato PDF desde la web de la Agencia Tributaria española.
- Certificado del bróker: debe indicar los dividendos recibidos, las fechas de pago y las retenciones aplicadas.
- Validación por la Agencia Tributaria: presente el Formulario 90 junto con la documentación anterior en su delegación de Hacienda para su sellado y validación oficial.
Una vez reunida toda la documentación, deberá enviarla a la Administración Fiscal Suiza. Si todo está en orden, recibirá la devolución tras varios meses de espera.
Personalmente, considero que, existiendo numerosas alternativas mucho más sencillas de gestionar, lo más sensato es descartar la inversión en Suiza, salvo que usted sea un inversor muy experimentado y tenga una razón específica y justificada para adquirir acciones suizas a toda costa.
